jueves, 23 de mayo de 2013

Desahucio y Estado Asistencial

Publicado en "Mercados 21"
Abril 2013

La actual crisis económica, que padecemos, está generando una serie de situaciones, humanamente lamentables, unas con notoria y pública repercusión social y otras que los afectados sufren en pudoroso silencio.
Entre las normas de convivencia social que nos vamos autoimponiendo, es importante el convencimiento de que gran parte de todos los problemas que el ciudadano pueda tener deben ser resueltos por el Gobierno de turno, aunque ello suponga su intervención directa en el ámbito privado de decisiones, con sus aciertos y errores y sus consecuencias favorables o desfavorables. No es un buen criterio, en realidad es un desastre, pero lo cierto es que cada vez tiene más propagandistas.
La situación actual “Desahucios Bancarios”, ha venido a ser cuestión de necesaria solución inmediata y de casi imposible solución equitativa y con consecuencias bastante imprevisibles a corto plazo.
Que una sociedad, como la nuestra, no puede permitir que algunos de sus ciudadanos sean privados de un lugar mínimamente acondicionado donde vivir, que ahora ocupan con una determinada titularidad  jurídica, y sean lanzados a vivir a la intemperie, podemos considerar que es incuestionable.
Que hubo quien considerando que su situación económica era estable y con futuro, se comprometió con una deuda que podría pagar y que tenía intención de pagar, y que ha sido la crisis económica la que le ha llevado a peor fortuna, trastocando todas sus previsiones financieras, absolutamente cierto. Pero que algunos adquirieron las viviendas, de las que hoy se les quiere expulsar, asumiendo unas obligaciones financieras que sabían que nunca podrían cumplir, aunque no hubiese habido crisis económica, pero que su estado de necesidad les obligaba a ello, también.
Que los bancos o entidades financieras no cumplieron con su obligación de haber valorado la capacidad del deudor hipotecario para cubrir los pagos de la hipoteca incurriendo en grave responsabilidad, nadie lo duda.
Pero debemos tener en cuenta; que somos un Estado de Derecho y que los pactos contraídos por contratantes, que actuaron libremente, deben ser respetados y mantenerse y defenderse  la exigibilidad de su cumplimiento por las partes. Si se considera que en la contratación hubo engaño, desconocimiento o cualquier otra causa que suponga la posibilidad de la nulidad de un contrato, esto debe determinarlo una sentencia de un tribunal o un acuerdo entre las partes.
Debemos tener en cuenta: que la intervención directa de los poderes del Estado, mediante una norma de general aplicación ya sea mediante Ley, Decreto-Ley o cualquier otra, perjudicando, con efecto retroactivo, la posición de uno de los contratantes, que actuó conforme a una ley vigente, y favoreciendo al otro, tendría carácter de expropiación forzosa sin compensación, lo que no es admisible en un estado que se titula democrático y además estado de derecho.
Si el criterio expuesto por los servicios jurídicos de la Unión Europea prospera, habrá que modificar nuestra legislación, pero ello no supone que se aplique con efecto retroactivo.
El problema de los desahucios debe ser resuelto con rapidez, y el Gobierno está obligado a que la solución signifique, que la nueva situación devuelva la paz social y se haga justicia en todos y cada uno de los casos. No es posible una solución de carácter general, pues las circunstancias en que las hipotecas que hoy se pretenden ejecutar, tienen su origen en circunstancias absolutamente diferentes.
Todos los titulares de viviendas adquiridas con carga hipotecaria, deberían ser tratados con arreglo a las mismas normas y criterios. No debe considerarse que por el hecho de encontrase en distintos niveles de necesidad el trato ha de ser distinto y naturalmente no debe entrarse en la intencionalidad de la adquisición o en el nivel de conocimientos de quienes contrataron, o si lo hicieron asistidos de letrado o no.
La función asistencial del Estado se realiza por otros derroteros, si una familia o un individuo necesita medios para poder cubrir una necesidad básica para su subsistencia se le facilitan y si ello supone que ocupará una vivienda, de propiedad pública,  gratuitamente y sine die, que se le facilite su ocupación.

Creemos que encontrar una solución que satisfaga a todas las partes, sin atentar contra el Estado de derecho, que restablezca la paz social y no suponga un coste desequilibrador para las finanzas del Estado, es una obra de extraordinaria dificultad y mucho más con la presión que supone la urgencia. Deseamos que quienes hayan de llevar adelante el procedimiento acierten. ¡Suerte!.

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